Artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento civil
Elige a una experta en Psicología legal y forense
La presentación de un informe pericial psicológico exhaustivo e imparcial, hecho a conciencia y con rigor científico en un proceso judicial puede ser la clave para una sentencia favorable y satisfactoria. Además, en el momento actual puede realizarse todo el proceso de manera telemática, con total garantía de privacidad y confidencialidad
¿Qué es la Psicología legal y forense?
Es la división de la psicología aplicada que aporta evidencias psicológicas en los procesos judiciales. Así, el/la psicólogo/a forense puede formar parte de un proceso judicial cuando un cliente solicita un informe pericial de parte, a través de un abogado/a que solicita su asesoramiento, o por designación directa del juez mediante el correspondiente mandamiento. En todo caso, está siempre en manos del Tribunal la toma de decisiones final sobre la pertinencia o no del peritaje, valorándose éste según las reglas de la sana crítica (Art. 348 LEC.). Posteriormente a la entrega del informe escrito puede darse el acto de ratificación en el juzgado, en el caso de que el psicólogo/a forense sea requerido/a para ello.
¿Cuáles son sus ámbitos de actuación?
El ámbito de actuación de una pericia psicológica se extiende fundamentalmente a tres áreas: psicología jurídica del menor, psicología aplicada al derecho de familia y psicología aplicada al derecho civil, laboral y penal.
¿Cómo puede ayudar un informe pericial psicológico?
Un informe pericial psicológico, al aportar evidencia sobre el estado psicológico de la/s persona/s evaluada/s puede ser utilizado por el juez para tomar decisiones más apropiadas y certeras, que beneficien a sus participantes y permitan construir una justicia más personal, cercana y auténtica.
¿Cuáles son los informes psicológicos más solicitados?
¿Existe algún impedimento para asumir la custodia compartida o completa de un/a menor?
¿Cuál es la mejor fórmula de convivencia para los menores tras el divorcio?
Cuando hay secuelas psicológicas causadas en el entorno laboral
¿Puede una persona hacerse cargo de sí misma?
Esta es una de las demandas más habituales en psicología forense.
Cuando es necesario demostrar que no es mentira...
¿A quién va dirigido este servicio?
A una persona que necesita un informe pericial psicológico
Una persona inmersa en un proceso judicial puede solicitar por iniciativa propia, o a instancia de su abogado/a, un informe pericial que evidencie, de manera rigurosa y científica, su estado psicológico actual, su competencia personal, laboral y/o parental, las secuelas tras una experiencia traumática...
A abogados/as que necesitan asesoramiento psicológico sobre un caso
Cada vez es más frecuente la colaboración entre profesionales del derecho y de la psicología jurídica. Con esta colaboración, los abogados/as consiguen una información más profunda sobre sus clientes y pueden enfocar su trabajo de una manera más profunda y certera.
A jueces o letrados de la administración de Justicia
Un juez puede solicitar y designar a un psicólogo/a forense como asesor y/o interventor en un caso concreto, con el objeto de recabar información con las máximas garantías legales y valorar la sentencia más conveniente.
A una persona que necesita una valoración psicológica o un informe de seguimiento para asuntos laborales o médicos
Una persona puede solicitar una valoración sobre su estado psicológico actual o solicitar como cliente un informe de seguimiento para resolver asuntos laborales o médicos sin tener que pasar por un proceso judicial. En este caso, si bien el informe psicológico no es propiamente pericial, al no estar enmarcado en un proceso jurídico, sigue teniendo las mismas garantías que el informe pericial al presentar sólo evidencias psicológicas y la información profesional detectada durante la evaluación y/o seguimiento.